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Impuesto de transmisiones patrimoniales 2022



El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se debe pagar cuando se compra una vivienda de segunda mano (actualmente en Cataluña es de un 10%, salvo excepciones).





Las nuevas normas para evitar la evasión fiscal en España, han entrado en vigor este pasado 1 de enero de 2022. En la Ley 11/2021, se incluyen medidas para prevenir y combatir el fraude fiscal y reforzar el control tributario. Veamos de qué manera afecta a los compradores esta nueva ley.


Hasta ahora, la base imponible de este impuesto en todas las transacciones ha sido el valor ‘’real’’ de la propiedad (es decir, el precio final de la compra acordado entre el comprador y el vendedor). Ahora, la nueva ley 11/2021, ha introducido un nuevo ‘’valor de referencia de mercado’’ (VRM) que se utilizará como base imponible. En los casos en que el precio de compra sea superior a este ‘’valor de referencia de mercado’’, se utilizará el precio de compra.

Podemos obtener dicho valor a través de este enlace de la página del Catastro:

https://www.sedecatastro.gob.es/ 


Este nuevo valor,
vendrá determinado por el valor de referencia de Catastro.


A efectos prácticos, significa que el nuevo valor de referencia, es el valor mínimo por el que tributar si se compra una vivienda de segunda mano. En caso de que el contribuyente escriture la operación ante notario por un valor inferior, hacienda le obligará a tributar por el valor que indique la nueva valoración de Catastro.


Es decir, a partir del 1/1/2022, se pagará el ITP (10%) sobre el valor más alto entre el precio de compra y el valor de referencia catastral.


En compras de inmuebles, en teoría, poco debería cambiar respecto a la tributación, ya que hasta ahora había que declarar en ITP el valor real de la compraventa y se supone que este nuevo valor de referencia, estará alineado con los precios del mercado.


Cualquier valoración teórica no se corresponderá siempre con el valor real utilizado en una compraventa, ya que para fijar los precios de venta de una propiedad, se tienen en cuenta una infinidad de factores y características. No hay dos propiedades iguales, ni siquiera en un mismo edificio. También influye en el precio la posterior negociación, el estado de la propiedad, la prisa por vender, la demanda en ese momento, etc.


Por último, recordar que existen maneras de reducir el porcentaje del 10% del ITP al 5% u otros porcentajes... Entre otras: 


- Ser menor de 32 años e ingresar menos de 30.000€/brutos/anuales.

- Familia numerosa.

- Incapacidades varias.

- Otros…


Siempre es recomendable hablar con un experto del tema antes de empezar a buscar propiedades para tener unos números reales de la operación que queremos llevar a cabo, vaya a ser que podamos comprar una casa más grande de lo que pensamos.

La información aquí mostrada es meramente informativa y puede sufrir modificaciones. Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos sin compromiso.


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